
Normativa para la recarga de coches eléctricos
09/08/2018¿Qué norma regula la carga de vehículos eléctricos?
La Normativa para la recarga de coches eléctricos y las instalaciones de recarga están reguladas por el Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre
por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias al mismo.
En este RD se establecen las infraestructuras necesarias para la recarga del Vehículo Eléctrico, diferenciando entre las instalaciones de uso particular y aquellas de uso público.
Sobre las instalaciones de uso particular la norma acepta como conector el Modo 2 o Modo 3 (ver descripción de modos de carga), que es el enchufe tradicional (schuko) o uno específico, SIEMPRE QUE LA INSTALACIÓN CUMPLA LAS ESPECIFICACIONES DE LA NORMA y por tanto es válido el cable de recarga que acompaña el vehículo.
Las instalaciones de uso público deberán ser Modo 3 con enchufe Mennekes, si bien el RD no especifica si junto al Modo 3 puede estar disponible el Modo 2 se entiende que es así, por lo que en muchos puntos de carga públicos nos encontraremos además un Schuko.